SUMINISTROS RESIDENCIALES Y COMERCIALES (TARIFAS T1 y T4. DEMANDA MÁXIMA DE POTENCIA < 10KW)
Nota: El trámite debe realizarlo el titular del servicio o su apoderado. Para poder dar curso a la solicitud, es necesario que el suministro no tenga deuda. Antes de continuar, solicitamos consultar en nuestra Sucursal Virtual el estado de su suministro. Informamos que una vez procesado el trámite, deberá abonar el consumo de energía eléctrica registrado hasta la fecha de resolución de la presente solicitud.